EL COLEGIO TIENE COMO FUNCIONES Y OBJETIVOS PRINCIPALES LOS SIGUIENTES:

A). Las mencionadas en el art. 365 de la ley 10.160,

B). Fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencia recíproca entre todos los abogados de la Tercera Circunscripción Judicial y en modo especial la integración y acercamiento de los abogados radicados en los distintos pueblos y localidades que componen dicho ámbito territorial.

C). Promover las medidas conducentes a asegurar a los profesionales una justa retribución que afirme su independencia económica y bregar por el estricto cumplimiento de la ley arancelaria.

D). Prospender y contribuir al progreso y actualización de la legislación y el mejoramiento del funcionamiento de los órganos que integran el Poder Judicial de la Provincia.

E). Defender los derechos e inmunidades de los abogados a fin de que los mismos gocen de amplias libertades en el ejercicio de su profesión, defender la jerarquía de la misma y enaltecer el concepto público de abogacía.

F). Estimular el estudio del Derecho, la mayor capacitación y perfeccionamiento de sus afiliados y procurar la constante aplicación de las normas jurídicas a las relaciones sociales.

G). Impulsar la creación de un régimen uniforme y único de previsión y mutualidad para todos los profesionales del derecho.

H). Formar y mantener una biblioteca jurídica.

I). Poner en funcionamiento un consultorio jurídico gratuito para personas de escasos recursos y organizar la asistencia jurídica de las mismas.-

J). Actuar en defensa de los derechos humanos.-

K). Bregar por la consecución de un poder judicial verdaderamente autónomo e independiente.-

 

 

 

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